Condiciones Generales de Venta y Servicio de Carrier Refrigeración Ibérica, S.A.U.

I. Definiciones

Estas CGV de venta y del servicio relacionado con la venta, cuando el Comprador haya solicitado algún servicio(“CGV”), se aplicarán exclusivamente a la relación entre el Vendedor y los clientes que tengan la condición de empresarios.

En estas CGV:

“Comprador” se refiere a toda persona física o jurídica, ya sea privada o pública, que actúe directamente o a través de otra persona en su nombre o siguiendo sus instrucciones, con un propósito relacionado con su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión con la cual el Vendedor celebra un Contrato de venta o servicio.

“Contrato” o “Acuerdo” significa el acuerdo de voluntades válidamente celebrado entre Vendedor y Comprador formalizado mediante la firma de un Pedido confirmado por el Vendedor, una Oferta presentada por el Vendedor y confirmada por el Comprador o la firma de cualquier otro documento válido para la compraventa de Productos o la prestación de Servicios, incorporando todos ellos y en todo caso, las presentes CGV.

“Oferta” significa el documento contractual con el que el Vendedor contesta a la solicitud del Comprador con una descripción de los Productos o Servicios ofrecidos y de todas las condiciones aplicables a la transacción y que incluye automáticamente en todos los casos las presentes CGV.

“Productos” se refiere a cualquier producto, incluidos armarios, equipos o cualquier otro componente para una instalación de refrigeración, como se describe más detalladamente en el Contrato.

“Pedido” u “Orden de Compra” significa la solicitud escrita individual que el Comprador cursa al -vendedor para la adquisición de Productos o Servicios y que detalla las condiciones comerciales acordadas, tales como precio, cantidad, Producto o Servicio, etc.

“Venta” se refiere a la venta de Productos o de Servicios.

“Vendedor” se refiere a Carrier Refrigeración Ibérica, S.A.U., con domicilio social en Avenida Real de Pinto nº91, Edificio C Escalera 2, Villaverde, 28021 MADRID y CIF: A-08718348 y podrá designarse también como Carrier en las presente CGV.

“Servicio” se refiere a cualquier servicio de transporte o instalación, o a las actuaciones para poner en marcha los Productos vendidos por el Vendedor al Comprador.

II. Aplicabilidad

Las relaciones comerciales entre Vendedor y Comprador se regirán por las presentes CGV que se entenderán aceptadas por el Comprador de forma incondicional al cursar el Pedido, aceptar la Oferta presentada por el Vendedor, firmar un Contrato con el Vendedor o cualquier otro documento contractual, renunciando por tanto el Comprador a sus propios términos y condiciones generales de compra y al resto de su documentación contractual que no obligará al Vendedor en modo alguno. Además, las partes podrán acordar condiciones particulares que en ningún caso podrán derogar, modificar o dejar sin efecto las presentes CGV. 

Cualesquiera otras manifestaciones realizadas por el Vendedor previamente o de manera simultánea con la firma de las presentes CGV y documentación relacionada, oralmente o por escrito, quedan sin efecto y automáticamente sustituidas por las presentes CGV, incluso aquéllas anteriormente emitidas y comunicadas por el Vendedor o por cualquier otra persona jurídica a la que el Vendedor hubiera sucedido, bien en virtud de una fusión, de una cesión global de activos y pasivos, o de cualquier otra forma. Queda también sin efecto frente a estas CGV cualquier otro documento que contenga cualquier garantía contractual. La presentación por parte del Comprador de un Pedido o la aceptación por su parte de una Oferta o de los Productos o Servicios se considerará como una aceptación expresa y sin salvedades de estas CGV.

Contrato marco. En el caso en que se hubiera celebrado con algún Comprador específico un contrato marco en paralelo o adicionalmente a la firma de las presente CGV, ambos documentos se considerarán complementarios entre sí. En caso de contradicción entre las estipulaciones del contrato marco y las presentes CGV, prevalecerán los términos y condiciones recogidos en las CGV salvo que su aplicación hubiera quedado expresamente excluida por el contrato marco. 

Ninguna modificación de las presentes CGV será vinculante para las partes a menos haya sido pactada por escrito y válidamente firmada por ambas. El Vendedor se reserva el derecho de modificar unilateralmente estas CGV en cualquier momento, en cuyo caso la nueva versión será aplicable a los pedidos y compras realizados a partir de la fecha de modificación. 

El hecho de que el Vendedor no haga uso de alguna estipulación de las presente CGV durante un tiempo no se podrá interpretar como una renuncia a dicha estipulación ni como una derogación tácita de la misma.

Normativa de comercio internacional. El Comprador reconoce que los Productos y Servicios (y cualquier dato relacionado) se encuentran sujetos a la normativa de los Estados Unidos de América y de la Unión Europea que regula las exportaciones, y a otros mecanismos de control del comercio internacional que pueden restringir su transferencia a otros países o a terceros. El Comprador y sus empleados y agentes no exportarán, reexportarán, distribuirán o suministrarán los Productos o Servicios de manera que se infrinja la citada normativa ni a países, entidades o terceros sobre los que pese la prohibición de recibir dicho Productos o Servicios al amparo de la citada normativa, incluyendo la establecida por el Departamento de Comercio y el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos. El Vendedor puede negarse a cumplir con cualquier obligación en virtud de estas CGV, rechazar cualquier pedido realizado en virtud del acuerdo o suspender o rescindir estas CGV con efecto inmediato si existe o pudiera existir un posible incumplimiento de las normas de cumplimiento del comercio internacional que prohíben la venta de bienes y servicios a determinados países o personas físicas o jurídicas que están sujetos a sanciones internacionales económicas, financieras o de otro tipo.

El Comprador declara y garantiza que cumplirá con lo dispuesto en las presentes Condiciones Generales y que hará extensivo su contenido (i) a las aseguradoras del Comprador, (ii) a toda persona a la que el Comprador venda los Productos, (iii) a cualquier usuario de los Productos, (iv) a cualquier persona para quien el Comprador transporte los Productos (en adelante los “Productos Transportados”), (v) a las aseguradoras de las personas mencionadas en los apartados (ii) a (iv) anteriores (en adelante las “Partes Vinculadas”), con la firma de la documentación apropiada, ya sean contratos o condiciones generales, en la que se refleje lo dispuesto en las presentes Condiciones Generales. 

El Comprador declara y garantiza que tanto el Comprador como las Personas Vinculadas se obligarán a seguir las recomendaciones del Vendedor sobre las mejores técnicas de carga, utilización y mantenimiento y a mantener la documentación adecuada (como, por ejemplo, el libro de mantenimiento) con el fin de probar el cumplimiento con dichas prácticas y requisitos. El Comprador reconoce que ha leído y entendido estas prácticas y recomendaciones a las que puede acceder vía Internet.

III. Pedidos

  1. Las Ventas se basan en Pedidos. El Pedido debe ser enviado al Vendedor por escrito, en la forma y con el contenido acordado entre las Partes y debidamente firmado por el Comprador, para que se considere un Pedido oficial. Es esencial que el Pedido incluya al menos los datos esenciales para poder tramitarlo como la identificación completa del Comprador y los Productos y las condiciones de entrega acordadas si no fueran EXW (Incoterms 2020). 
  2. Al realizar el Pedido, el Comprador reconoce que el Vendedor ha proporcionado la información necesaria para evaluar la idoneidad de los Productos y adoptar medidas de precaución que permitan limitar las causas y los efectos de un funcionamiento incorrecto de los Productos o de la prestación inadecuada de un Servicio.
  3. Los Pedidos solo son vinculantes cuando han sido confirmados por el Vendedor. Las confirmaciones de los Pedidos se proporcionarán al Comprador en el plazo de 5 días hábiles a partir de su recepción. Solo se considerará que la solicitud del Comprador representa un Pedido una vez que se acuerden todas las especificaciones comerciales y técnicas relacionadas con la solicitud y el Vendedor confirme la solución de fábrica al Comprador.

IV. Modificación, Resolución del Contrato y Rechazo de un Pedido

  1. El Contrato podrá resolverse conforme a lo dispuesto en el artículo 1.124 del vigente Código Civil en caso de que una de las partes incumpliera sus obligaciones y no hubiera subsanado el incumplimiento desde que fuera requerida para ello por la parte cumplidora. Tanto en caso de producirse la subsanación como de resolución, la parte cumplidora podrá exigir el resarcimiento de los daños sufridos y el abono de intereses.
  2. El Vendedor podrá retener la entrega o reparto de cualquier Producto porque no haya sido abonado a tiempo según lo convenido, así como por un empeoramiento de la situación de solvencia financiera del Comprador.
  3. El Comprador podrá proponer la enmienda o modificación del Contrato después de su confirmación por parte del Vendedor, a condición de que el Comprador pague una compensación adicional al Vendedor por el cambio.  El proceso de cambio del Contrato o Pedido queda sujeto a las condiciones siguientes: cualquier trabajo adicional solicitado por el Comprador estará sujeto a un presupuesto del Vendedor; el Comprador deberá aprobar el cambio y enviar una Orden de Compra en consecuencia antes de solicitar la ejecución del trabajo adicional. El Comprador acepta que el Vendedor no podrá iniciar la ejecución de un trabajo adicional sin una Orden de Compra del Comprador, y el Vendedor no estará sujeto a ninguna responsabilidad si el Comprador no envía dicha orden. El Comprador deberá pagar un importe adicional calculado en un tres por ciento (3%) del importe del Pedido al Vendedor, en caso de que solicite (i) documentos adicionales que no se solicitaron en el Pedido original, o (ii) un cambio de los documentos solicitados después de la confirmación del Pedido. Dicha solicitud de enmienda o modificación deberá ser recibida por el Vendedor como mínimo dos semanas antes de la fecha de entrega prevista. Pasada dicha fecha, el Comprador no tendrá derecho a proponer la enmienda o modificación del Pedido. 
  4. Con una antelación mínima de dos semanas a la fecha de entrega programada, el Comprador podrá rescindir el Pedido ya confirmado por el Vendedor, a condición de que pague una compensación al Vendedor equivalente al 50 % del precio de compra neto del Pedido. Pasada dicha fecha, o en caso de que el Vendedor comunique al Comprador que los Productos ya se hayan fabricado, el Comprador podrá rescindir el Pedido abonando una compensación equivalente al precio de compra neto total del Pedido, ello sin perjuicio de los daños y perjuicios que el Vendedor pueda reclamar en este caso, al menos los costes inevitables por envío o instalación ya cerrados. 
  5. El Vendedor se reserva el derecho de rechazar cualquier cambio en un Pedido que se considere inseguro, técnicamente desaconsejable, contrario a las reglas o normas aplicables, a las buenas prácticas o a las normas de calidad o incompatible con las capacidades de diseño o fabricación del Vendedor.

V. Entrega/Aceptación

  1. El Vendedor hará todos los esfuerzos comercialmente razonables para que el Producto esté listo para su entrega dentro del plazo previsto en la confirmación del Pedido. Salvo que se acuerde específicamente por escrito lo contrario, las fechas de envío citadas son estimaciones y el Vendedor no garantiza una fecha concreta para el envío o la entrega de los Productos. Los plazos de entrega indicados en las confirmaciones de Pedido o acuse del Vendedor tienen carácter orientativo y se cumplirán en la medida de lo posible, comenzando a correr desde la plena confirmación por el Comprador y aceptación por el Vendedor de todos los elementos necesarios para la ejecución del pedido. Su incumplimiento no será causa de reclamación alguna por parte del Comprador. El Vendedor informará al Comprador con la mayor brevedad posible de los posibles retrasos. Los retrasos en la entrega o en la reparación no darán derecho a penalizaciones o indemnizaciones ni pueden constituir un motivo de anulación del Pedido. Los acuerdos suscritos al respecto entre el Comprador y su propio cliente no serán vinculantes para el Vendedor por lo que el Comprador no podrá repercutirle las penalizaciones que le imponga su propio cliente. En caso de modificaciones ulteriores de los Pedidos cursados por el Comprador y aceptados por el Vendedor, el plazo de entrega será debidamente revisado por el Vendedor. En caso de tal retraso, las entregas se reanudarán cuando hayan cesado las causas.
  2. Si no se acuerda lo contrario, el Comprador deberá recoger por su cuenta todos los Productos pedidos en el plazo de las 2 semanas posteriores a la notificación al Comprador, en condiciones Ex Works de acuerdo con Incoterms 2020. Transcurrido ese plazo de 2 semanas, el Vendedor tendrá derecho a cobrar una tarifa de almacenamiento de cinco euros (5€) netos por día y Producto hasta que se produzca la recogida.
  3. Si las partes acordaran la entrega de los Productos en las instalaciones del Comprador, este debe asegurarse de que las aberturas y los caminos sean lo suficientemente amplios como para permitir el transporte desde el camión hasta el lugar de instalación con una carretilla elevadora. El Comprador se obliga a obtener todas las aprobaciones necesarias para permitir la entrega física de los Productos (incluidas las municipales para el corte de calles o instalaciones de grúa y las del propio edificio afectado) y poner el sistema sobre el que vayan a operar en funcionamiento. El Vendedor tendrá derecho a facturar cualquier coste causado por un entorno no adecuado, es decir, tiempo de espera, equipo adicional y modificaciones en el sitio.  Además, si el Vendedor está expuesto a cualquier coste adicional que no entre en el alcance del Pedido, incluidos, entre otros, los costes de logística, almacenamiento, administrativos, demoras y del sitio, el Vendedor tendrá derecho a facturar esos costes al Comprador.
  4. En caso de solicitar el Comprador al Vendedor la instalación de los Productos en la ubicación final, la aceptación de estos Servicios por el Comprador deberá producirse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación por parte del Vendedor al Comprador de que los trabajos se han completado. La aceptación de los trabajos realizados por el Vendedor no podrá hacerse depender de que terceros terminen los trabajaos que les hubieran sido encargados, salvo que dicha terminación fuera necesaria para simular el funcionamiento de la instalación entregada por el Vendedor. 
  5. Cualquier daño de transporte o en la superficie del Producto debe ser comunicado inmediatamente por el Comprador al Vendedor.

    Los Productos del Vendedor se suministran en embalaje estándar, estando su coste incluido en el precio de venta. El Comprador o el posible consignatario que haya designado éste, deberá cerciorarse de la conformidad del Producto recibido y del estado de los bultos entregados por el transportista antes de hacerse cargo y dar el visto bueno correspondiente. En el caso de que falten mercancías o de que éstas presenten desperfectos, deberá emitir las reservas oportunas al transportista y confirmarlas al Vendedor dentro de las 24 horas siguientes. En el caso de daños o desperfectos no aparentes en los Productos, el Comprador tiene la obligación de notificar dichas incidencias al Vendedor dentro de las 24 horas siguientes a la entrega, no haciéndose el Vendedor responsable de aquellos daños o desperfectos sufridos en los Productos que no hayan sido notificados en el plazo indicado.
  6. Los riesgos de robo, daños, o pérdidas que puedan sufrir los Productos se transfieren al Cliente en el momento de la entrega de conformidad con el Incoterm arriba indicado. 
  7. Los gastos por el transporte de las mercancías serán de cuenta del Comprador. En caso de avería o retraso en el transporte, la responsabilidad será exigible al transportista.

    El Pedido es personal y no puede ser transmitido ni cedido a terceros sin el previo acuerdo por escrito del Vendedor.

VI. Transferencia de Riesgo

  1. Las condiciones de venta de Carrier son Ex Works (EXW) (INCOTERMS® 2020 publicados por la Cámara Internacional de Comercio), siendo el incoterm EXW, o Ex Works, el que obliga al Vendedor a dejar los Productos preparados en sus instalaciones (oficinas, almacenes, fábrica, etc.) para que el comprador los recoja allí. En consecuencia, el Vendedor entregará los Productos al Comprador en condiciones Incoterm EXW en el almacén indicado al Comprador.

    La responsabilidad del Vendedor sobre los Productos cesa en el momento en el que se ponen a disposición del Cliente conforme al Incoterm indicado, una vez confirmado el Pedido por el Vendedor o aceptada la Oferta por el Comprador. El Comprador debe contar con el seguro necesario para cubrir los riesgos que pueda correr el Producto desde el momento en el que se realice la entrega. El hecho de que el Vendedor contrate el transporte y previo acuerdo con el Comprador asuma el coste del transporte, no supone la aceptación por parte del Vendedor de los riesgos del transporte que serán a cargo del Comprador. En el caso de que se hubiera acordado con el Comprador asumir el pago del transporte por parte del Vendedor, éste será el que elija libremente el transportista.

    Los Pedidos podrán suministrarse en entregas parciales, salvo indicación en contra por parte del Comprador.
  2. Si el Comprador no rechaza cualquier Producto por escrito en el plazo de los 5 días posteriores a su recepción, se considerará irrevocablemente que el Comprador inspeccionó y recibió los Productos sin ninguna queja. Si el Vendedor asume transporte e instalación, el riesgo sobre los Productos pasará al Comprador cuando se produzca el primer evento de entre los siguientes: (i) la aceptación por parte del Comprador, (ii) cuando concluya el plazo otorgado al Comprador para emitir la aceptación la instalación se considere por tanto aceptada o, (iii) en el momento en que el Comprador utilice la instalación.

    Si se establece en un Pedido que el Vendedor es responsable del transporte, el Comprador deberá notificar al Vendedor cualquier daño causado por el transporte sin demora indebida, sin superar los 5 días hábiles, después de la fecha de emisión de la carta de porte basada en el “Convenio relativo al Contrato de Transporte Internacional de Mercancías por Carretera” (CMR) o la entrega de cualquier reclamación o problema relacionado con la calidad de los Productos, lo que suceda primero. Si el Comprador no lo hace, se considerará que los Productos han sido aceptados sin objeciones. La entrega del Producto deberá ser confirmada por el Comprador el día de la recepción.
  3. El Comprador cubrirá el seguro por robo, pérdida o deterioro de los Productos, si estos se encuentran en las instalaciones del Comprador y aún no han sido aceptados. 
  4. El Vendedor no será responsable en modo alguno por robo, pérdida o deterioro de los Productos, ni asumirá responsabilidad alguna respecto de los bienes entregados por terceros al Comprador. Si estos bienes de terceros están relacionados con los Productos del Vendedor, este solo asumirá el riesgo de que sus Productos no dañen los productos de terceros y únicamente en la medida en que estos productos de terceros se hayan proporcionado según lo acordado entre el Vendedor y el Comprador.
  5. Los riesgos de robo, daños, o pérdidas que puedan sufrir los Productos se transfieren al Comprador en el momento de la entrega de conformidad con el Incoterm arriba indicado.

VII. Reserva de Dominio

  1. El Vendedor retendrá el dominio de las Productos entregados objeto de compraventa hasta el completo pago por el Cliente de las cantidades que adeude. La transferencia de la propiedad al Comprador queda por tanto condicionada al pago total del precio y de los gastos adicionales, incluso en el caso en el que se concediera una prórroga de los plazos de pago. La entrega de un efecto por el Comprador al Vendedor que cree una obligación de pago ya sea una letra de cambio u otro documento, no se considerará como pago de acuerdo con la presente cláusula y, por lo tanto, la cantidad original a pagar por el Comprador al Vendedor permanecerá como importe debido, con todas las garantías asociadas al mismo, incluyendo la reserva de dominio, hasta buen fin del efecto entregado. Lo anterior se aplicará sin perjuicio de la transferencia al Comprador del riesgo por pérdida o deterioro de los Productos sometidos a reserva de dominio, de los posibles daños que el Producto pudiera sufrir en el momento de la entrega y de los daños previstos en las cláusulas anteriores.
  2. Hasta que no se haya producido el completo pago del precio, el Comprador no podrá vender ni en forma alguna disponer de los Productos ni gravarlos sin autorización por escrito de Carrier, no pudiendo en ningún caso pignorarlos o cederlos en garantía. Si el Comprador dejase de pagar a su vencimiento cualquiera de las cantidades debidas, el Vendedor, con independencia de lo establecido en otras estipulaciones de las presentes Condiciones Generales, tendrá derecho a recuperar la posesión de los Productos y a retirarlos del lugar en que se encuentren después de transcurridos 10 días del requerimiento de pago hecho al Comprador por escrito. La recuperación de la posesión de los Productos será sin perjuicio de cualquier otro derecho que el Vendedor tuviera frente al Comprador.
  3. El Comprador está obligado a informar a cualquier tercero que desee hacer valer sus derechos sobre las mercancías entregadas de la existencia de la reserva de dominio y, en su caso, de dar aviso al Vendedor. A petición del Vendedor, el Comprador otorgará los documentos que razonablemente sean requeridos por el Vendedor para proteger su reserva del dominio sobre los Productos, en forma satisfactoria para el Vendedor.
  4. Si el Comprador incurriera en situación legal de concurso de acreedores o embargo de todo o parte de su patrimonio, deberá notificarlo de inmediato al Vendedor y vendrá obligado a hacer valer por todos los medios el derecho de propiedad del Vendedor sobre los Productos. La ejecución de la reserva del dominio no se considerará como retirada del Pedido y no impide al Vendedor llevar a cabo otras reclamaciones.

VIII. Precio y Condiciones de Pago

Precio

  1. A menos que se indique lo contrario, los precios vienen reflejados en EUROS. Los precios incluidos en las tarifas del Vendedor son siempre sobre camión en sus almacenes, de conformidad con el Incoterm estipulado en estas CGV, salvo en Ofertas con condiciones particulares que expresamente estipulen otra cosa. Los gastos de transporte y seguro hasta el destino indicado por el Cliente serán por cuenta de éste y se cargarán en la factura de forma separada.
  2. Modificación del precio. Los precios de venta o servicio podrán sufrir un incremento o reducción, debiendo en este caso el Vendedor notificárselo al Comprador. Los nuevos precios serán aplicados a todos los Pedidos y Ofertas pendientes de aceptación o entrega en la fecha de modificación. El Comprador dispondrá de un plazo de ocho días para cancelar por escrito aquellos Pedidos en los que no acepte la variación, no pudiendo hacer ninguna otra reclamación al respecto. Todos los cambios de precios se aplicarán de forma automática en la fecha especificada en la nueva lista de precios y/o en anexos de ésta.
  3. Se acuerda expresamente que en caso de aumento significativo de los costes (> 5%) para la adquisición de materia prima, energía o mano de obra después de la fecha de aceptación del Pedido, el Vendedor tendrá derecho a modificar los precios del Pedido ya confirmado, a pesar de cualquier disposición en contrario en el acuerdo entre las Partes. Los precios revisados serán aplicables dos (2) semanas después de una notificación escrita del Vendedor. El Comprador dispondrá de un plazo de ocho días para cancelar por escrito aquellos Pedidos en los que no acepte la variación, no pudiendo hacer ninguna otra reclamación al respecto.
  4. Impuestos. Los precios incluidos en las tarifas no incluyen IVA. Todos los impuestos en vigor que pudieran gravar la venta o servicio en la fecha de su entrega serán por cuenta del Cliente. Salvo pacto en contrario, los precios se entenderán excluidos impuestos y transporte, y con embalaje estándar.

    Forma de pago.
    La factura por la venta de los Productos se emitirá en el momento de la entrega del Producto por el Vendedor, y la factura por la prestación de servicios en el momento en que concluya su prestación.

  5. Pago al contado. Por defecto y salvo disposición en contrario establecida en la factura, el pago del precio será exigible a la recepción de la factura y no se aplicará descuento alguno. En caso de que se hubiese pactado un aplazamiento para el pago, el impago de cualquiera de los plazos facultará al Vendedor a exigir en cualquier momento el pago inmediato de todos los plazos pendientes de abono.
  6. Asimismo, en caso de mora en el pago y/o de empeoramiento de la situación de solvencia financiera del Comprador, el Vendedor se reserva el derecho de suspender o de anular la entrega de pedidos en curso y/o de suspender la ejecución de los Contratos en vigor entre las partes.
    Se emitirá una factura por cada compraventa y servicio prestado.
  7. Aplazamiento. Caso de llegar a acordarse algo distinto, en la factura se estipulará la forma y plazo de pago. Por defecto todos los aplazamientos de pago serán a treinta (30) días sin que en ningún caso puedan superar los sesenta (60) días, en ambas casos a contar desde la fecha de emisión de la factura o de entrega del pedido, de conformidad con lo estipulado por la legislación vigente en cada momento, en particular por la ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales (“Ley 3/2004”) que las partes declaran enteramente aplicable a sus relaciones comerciales en todos sus aspectos. En los casos en que el cliente entregue un instrumento de pago dentro de los sesenta días estipulados con vencimiento posterior, acepta hacerse cargo de los gastos financieros que para anticipar su cobro tenga que soportar Carrier. En consecuencia, el cliente acepta que Carrier emita una factura adicional por dichos gastos financieros.
  8. En caso de que el Vendedor haya concedido condiciones de pago especiales o alternativas, el Vendedor se reserva el derecho de exigir el pago al contado u otro método de pago alternativo antes del envío o de la finalización del trabajo si el Vendedor determina, a su entera discreción, que la situación financiera del Comprador no justifica en ningún momento la continuación de las condiciones especiales o alternativas. En caso de que el Comprador se niegue, el Vendedor podrá negarse a atender cualquier pedido que aún no haya sido formalmente aceptado por el Vendedor.
  9. Los gastos correspondientes a la devolución de impagados (cheques, letras pagarés o recibos) serán siempre a cargo del Cliente. En el caso de aplazamientos de pago, el impago de uno de los plazos acordados dará derecho a Carrier a exigir la totalidad del importe aplazado que se encuentre pendiente. Los aplazamientos de pago deberán ser solicitados por el Cliente por escrito a Carrier, y en caso de aceptación por parte de Carrier, ésta deberá constar por escrito.

    El Cliente no podrá retener ni deducir ninguna cantidad de las facturas pendientes de pago a Carrier.
  10. Cualquier descuento, rappel, bonificación o abono que sobre los precios de tarifa se conceda al Cliente, está condicionado al buen fin de las operaciones de las que dichos beneficios traigan causa o que hubieran sido realizados durante el período que en su caso corresponda, en consecuencia, se perderá el derecho a su percepción si se incurre en impago o morosidad.
    Cualquier prórroga en el pago tendrá carácter excepcional y deberá ser acordada por escrito por Carrier, dando lugar, en todo caso, al cobro de intereses legales de demora.
  11. Morosidad y falta de pago. El Comprador incurrirá en mora de manera automática y sin necesidad de intimación por el simple retraso o la falta de pago del precio y deberá pagar los interés de demora fijados en la Ley 3/2004 o bien al tipo de referencia semestral (tipo de refinanciación) del Banco Central Europeo (BCE) vigente en la fecha de la factura, más diez (10) puntos, los que resulten mayores, sin perjuicio de la obligación de abonar al Vendedor, en todo caso, los daños y perjuicios que la falta de pago le hubiera causado, incluyendo todos los gastos de recobro, gastos en compañías de gestión de cobros honorarios de honorarios de abogados, procuradores y peritos, cualesquiera otras costas judiciales así como los 40 euros previstos por la citada Ley 3/2004.

    En caso de retraso en el pago, el Vendedor podrá suspender de inmediato cualquier orden o pedido en curso y solicitar el pago al contado para todas ellas o las que pueda cursar el Comprador en adelante.

    El Vendedor se reserva el derecho de cancelar o suspender Pedidos pendientes de entrega a un Comprador que haya incumplido compromisos de pago correspondientes a compraventas o servicios anteriores.

    Ante la falta de pago, el Vendedor podrá resolver la relación contractual (orden, pedido o contrato) con el Comprador y reclamar los correspondientes daños y perjuicios ante los tribunales de justicia.

    En ningún caso podrán suspenderse pagos ni compensarse cantidades sin el acuerdo escrito del Vendedor.
  12. Suspensión de la garantía. La falta de pago supone la suspensión inmediata de la garantía otorgada por el Vendedor a los Productos suministrados y a los Servicios realizados. Esto significa que mientras se encuentre impagada una factura, el plazo de garantía seguirá corriendo, pero Carrier no tendrá obligación de atender ningún aviso en garantía, pasando a facturar cualquier intervención que se le solicite. Una vez el Cliente se encuentre al día, la garantía volverá a estar operativa a contar desde la fecha de regularización de pagos.
  13. En caso de que el valor de un pedido sea superior 500.000€ o de que exista un período entre la Oferta y la aceptación del Pedido, se aplicará el siguiente plan de pago progresivo: El Comprador pagará el 30% del precio al realizar el pedido; el 30% siguiente al inicio de la producción; el 30% siguiente a la entrega en las instalaciones y, el 10% restante a la entrega final o aceptación (esta última si la instalación está incluida en el alcance). Sin perjuicio de lo anterior, en caso de calificación crediticia insuficiente del Comprador, las partes acuerdan que el precio total del Pedido, o según lo acordado entre las partes, deberá abonarse antes de la confirmación del Pedido. Posteriormente, el Vendedor deberá confirmar el Pedido en el plazo de un máximo de 5 días hábiles después de la fecha en que se abone en su cuenta el pago respectivo. Si el Pedido no se confirma en el plazo de los 10 días hábiles siguientes a la fecha en que se abone en la cuenta del Vendedor el pago, se entenderá que el Pedido ha sido rechazado y el pago será devuelto sin responsabilidad adicional alguna. 
  14. Si la instalación está dentro del alcance del Pedido, se proporcionará el acceso al suministro de energía eléctrica y de agua de forma gratuita y dentro de un rango de 50 metros hasta la ubicación final de la instalación.
  15. El precio no incluye la recogida y eliminación de los productos. Cualquier actuación de este tipo debe ser pedida por separado por el Comprador.

IX. Garantías y Responsabilidades del Vendedor

  1. El Comprador declara que, actuando con la diligencia de un ordenado empresario y en su condición de comprador informado respecto de la gestión de productos de temperatura controlada y en su caso con la asistencia de cualquier asesor que haya podido contratar a su cargo, antes de hacer el pedido ha llevado a cabo un estudio de las especificaciones y funcionalidades de los productos, y que los considera apropiados para satisfacer sus necesidades y, consecuentemente, se abstendrá de presentar reclamaciones al respecto. EL VENDEDOR NO GARANTIZA EN MODO ALGUNO LA IDONEIDAD DE LOS PRODUCTOS PARA UN FIN O USO DETERMINADO.
  2. Previamente al uso de los Productos adquiridos el Comprador tomará todas las precauciones necesarias, y llevará a cabo las pruebas y medidas que considere necesarias y apropiadas para las circunstancias. El Comprador será el responsable de la obtención de información y documentación relacionada con las posibles consecuencias del uso de los Productos adquiridos, así como de la compatibilidad de dichos Productos con otros componentes y otros sistemas operativos.
  3. El alcance de la garantía del Vendedor en virtud del presente se limita a la reparación o sustitución del Producto nuevo defectuoso por un artículo similar libre de defectos o, a discreción exclusiva del Vendedor, el reembolso del precio de compra del Comprador que cubra cualquier defecto de materia prima, fabricación y funcionamiento, durante un período de doce (12) meses a partir de la entrega o durante doce (12) meses a partir de la instalación o finalización de los Servicios prestados, de conformidad con las disposiciones de la legislación local respectiva. Quedará a discreción del Vendedor decidir si se realiza la reparación o la sustitución del Producto. Para beneficiarse de la garantía anterior, el Comprador deberá notificar al Vendedor por escrito cualquier defecto o fallo sin demora injustificada, a más tardar en el plazo de los diez (10) días naturales posteriores a su detección. Dicha notificación deberá ir acompañada de la factura de compra. El Comprador será responsable de cualquier daño que resulte de una notificación tardía. La sustitución o reparación de los Productos no ampliará el período de garantía de la entrega original.

    La garantía expirará prematuramente si el Comprador o terceros realizan modificaciones o reparaciones en los Productos o instalaciones sin el consentimiento previo y por escrito del Vendedor. Comprador, después de identificar un defecto deberá (i) adoptar inmediatamente todas las medidas apropiadas para mitigar las pérdidas, (ii) notificar el defecto al Vendedor y (iii) otorgar al Vendedor la oportunidad de corregir el defecto. Los Productos o partes defectuosas de los Productos serán entregados por el Comprador al Vendedor, salvo pacto en contrario, en cuyo caso será el Comprador el encargado de su eliminación.
  4. La validez de la garantía se encuentra sujeta a que durante todo el periodo de su vigencia los Productos sean debidamente mantenidos de conformidad con su manual de mantenimiento y que dicho mantenimiento lo lleve a cabo el Vendedor o un socio de servicio aprobado por este, con las especificaciones proporcionadas en el manual o en la oferta.

    Responsabilidad.
  5. En relación con los Productos adquiridos y los Servicios contratados el Comprador conoce y acepta que tienen una función determinada, quedando claramente establecido a través del presente contrato que el Vendedor no puede garantizar bajo ningún concepto que los Productos no sufran una avería o que los Servicios no puedan fallar, ni prometer ningún resultado o garantía en este sentido.
  6. El Vendedor no tiene conocimiento de la naturaleza o del valor de los bienes que puedan ser almacenados o conservados en los Productos objeto de compraventa y no fija el precio de los Productos en función del valor de dichos bienes por lo que la posible pérdida o daño que pueda sufrir el Comprador probablemente sea desproporcionada en relación con el precio del Producto. Por ello, el Comprador reconoce que es justo y razonable que el Vendedor limite su responsabilidad bajo las presentes CGV, teniendo en cuenta el precio de los Productos objeto de compraventa y de los Servicios contratados. A este respecto, se acuerda también y se entiende por las partes, que el Vendedor no es un asegurador y que la venta de los Productos o la prestación de los Servicios no evitará la necesidad de contratación de un seguro por parte del Cliente que le permita obtener la debida cobertura y protección para sí misma, sus empleados y bienes, sin perjuicio de los seguros ya contratados por el propio Vendedor.
  7. LA RESPONSABILIDAD DEL VENDEDOR Y EL ÚNICO RECURSO DEL COMPRADOR EN VIRTUD DEL PRESENTE CONTRATO SE LIMITARÁ A LA REPARACIÓN O SUSTITUCIÓN (A ELECCIÓN Y POR CUENTA DEL VENDEDOR) DE LOS PRODUCTOS O PIEZAS DEFECTUOSOS O QUE NO FUNCIONEN. EN NINGÚN CASO LA RESPONSABILIDAD MÁXIMA DEL VENDEDOR EN VIRTUD DE ESTE CONTRATO, SIN IMPORTAR LA CAUSA, EXCEDERÁ DE LA CANTIDAD TOTAL PAGADA POR EL COMPRADOR AL VENDEDOR POR LOS PRODUCTOS O SERVICIOS. EN CONSECUENCIA, LAS PARTES ACUERDAN QUE EL VENDEDOR RESPONDERÁ ÚNICAMENTE DE LOS DAÑOS DIRECTOS QUE PUDIERAN DERIVARSE DE LA VENTA DE LOS PRODUCTOS O DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, SIENDO EL IMPORTE MÁXIMO, POR TODOS LOS CONCEPTOS Y SERVICIOS, DE LA INDEMNIZACIÓN A LA QUE EL VENDEDOR DEBA HACER FRENTE EN CASO DE QUE SE DECLARE SU RESPONSABILIDAD EN UN SINIESTRO, EL QUE RESULTE MÁS BAJO DE ENTRE (I) EL PRECIO PERCIBIDO POR EL PRODUCTO QUE HUBIERA FALLADO O AL PRECIO DE LOS SERVICIOS PRESTADOS DURANTE LOS DOCE MESES DE VIGENCIA ANTERIORES A LA FECHA DE PRODUCCIÓN DEL DAÑO RECONOCIDO O (II) UN MILLÓN DE EUROS (1.000.000€); NO SIENDO EN NINGÚN CASO RESPONSABLE POR LUCRO CESANTE, DAÑOS INDIRECTOS, EXTRAORDINARIOS, CONSECUENCIALES, PÉRDIDA DE PRODUCCIÓN, PÉRDIDA DE NEGOCIOS, DE INGRESOS, DE EMPLEOS, DE CONTRATOS, DE CLIENTELA O POR LA RESPONSABILIDAD CIVIL DEL COMPRADOR FRENTE A TERCEROS, POR PÉRDIDAS DE INGRESOS, PÉRDIDAS DE AHORROS PREVISTOS O DE BENEFICIOS, COSTES DE RECUPERACIÓN DE PRODUCTOS EN EL MERCADO ("RECALLS"), PERJUICIOS CAUSADOS AL NEGOCIO O A SU REPUTACIÓN, YA SEAN O NO PREVISIBLES, Y YA SURJAN DEL CONTRATO (INCLUYENDO LA GARANTÍA), O DE RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL, CON INDEPENDENCIA DE LA EXISTENCIA DE INMUNIDAD O DE CUALQUIER OTRA DISPOSICIÓN EN CONTRARIO, E INDEPENDIENTEMENTE DE SI EL COMPRADOR HABÍA SIDO O NO ADVERTIDO DE LA POSIBILIDAD DE TALES DAÑOS.

    En ningún caso las presente Condiciones Generales limitarán o excluirán la responsabilidad de cualquiera de las Partes:
    • por muerte o lesiones personales
    • por negligencia grave o dolo;
    • por fraude o acto u omisión intencionado; o
    • por cualquier otra responsabilidad cuya exclusión o limitación no esté permitida por la legislación aplicable.

  8. El Vendedor no será responsable en caso de daños resultantes de la transmisión de información inexacta o insuficiente por parte del Comprador. El Vendedor no será responsable en ningún caso de comprobar la pertinencia, suficiencia o exactitud de esta información. Cualquier error u omisión en cualquier texto de ventas, presupuesto, oferta, lista de precios, aceptación de oferta, factura u otro documento o información emitidos por el Vendedor estará sujeto a corrección sin responsabilidad por parte del Vendedor. Antes de que el Comprador presente una reclamación formal o inicie acciones legales, ambas partes se obligan a intentar encontrar una solución amistosa a sus diferencias, con el fin de tratar de subsanar cualquier error o inadecuación que pudiera haberse producido en el Producto.
  9. El Comprador será responsable de la contratación del seguro adecuado aplicable a partir de la entrega de los Productos; el Comprador es plenamente consciente que la extensión de la cobertura de su seguro dependerá de las Productos Transportados y deberá verificar caso por caso que cumple con esta obligación.

XI. Resolución

  1. El Contrato podrá resolverse conforme a lo dispuesto en el artículo 1.124 del vigente Código Civil en caso de que una de las partes incumpliera sus obligaciones y no hubiera subsanado el incumplimiento desde que fuera requerida para ello por la parte cumplidora. Tanto en caso de producirse la subsanación como de resolución, la parte cumplidora podrá exigir el resarcimiento de los daños sufridos y el abono de interés. Se consideran expresamente como causas de resolución, a título meramente enunciativo, en particular las siguientes:
  2. El incumplimiento de (i) la legislación española de carácter imperativo, en particular de la que se refiere a la prevención de riesgos laborales y medioambiente; (ii) la normativa que regula el comercio internacional referida en la cláusula II anterior; (iii) el Código de Ética de Carrier Corporation; (iv) de las restricciones respecto de instalaciones nucleares o de armas.

XII. Marcas y Propiedad Intelectual

  1. El Vendedor es el propietario o licenciatario de todas las marcas registradas, marcas de servicio, nombres comerciales, derechos de autor, software, información patentada y otra propiedad intelectual de Carrier utilizada o asociada con los Productos (en lo sucesivo denominados en conjunto la “Propiedad intelectual”).
  2. El Comprador puede utilizar la Propiedad intelectual únicamente en la forma, el estilo y la manera especificados por el Vendedor y solo de conformidad con estas CGV, o cualquier documento escrito o impreso proporcionado por el Vendedor al Comprador, y solo durante la vigencia de estas CGV y para los Productos vendidos por el Vendedor al Comprador bajo las mismas. Todo uso de la Propiedad intelectual por parte del Comprador redundará en beneficio del Vendedor. El Comprador acepta proteger toda esta Propiedad intelectual y, cuando corresponda, devolver la misma al Vendedor si en algún momento se resuelven o extinguen estas CGV. El Vendedor puede revocar el derecho del Comprador a utilizar la Propiedad intelectual en cualquier momento si el Comprador no sigue las instrucciones del Vendedor sobre cómo utilizarla. Dicha revocación podrá hacerse por escrito o por cualquier otro medio convenido. El Comprador suspenderá de inmediato todo uso de la Propiedad intelectual al vencimiento o resolución de estas CGV o del acuerdo o Contrato que por separado de lugar a ello. El Comprador se compromete a pagar todos los costes, gastos y honorarios de abogados incurridos por el Vendedor para hacer cumplir las obligaciones asumidas por el Comprador de conformidad con esta cláusula. El Comprador informará de inmediato al Vendedor de cualquier infracción, real, supuesta o aparente, de cualquier Propiedad intelectual que el Comprador crea que está teniendo un impacto materialmente adverso en su capacidad para vender los Productos o proporcionar el Servicio de acuerdo con las disposiciones de estas CGV u otro acuerdo o Contrato firmado por separado, lo que incluye, aunque no exclusivamente, la infracción de cualquier marca o marca comercial o cualquier conducta que pueda considerarse como una suplantación de los Productos por parte de un tercero en relación con los Productos, de las que el Comprador tenga o pueda tener conocimiento.
  3. Las obligaciones en virtud de este apartado perdurarán a la terminación del Contrato y obligarán a las partes por el período de vigencia del derecho de propiedad intelectual.

XIII. Información Confidencial

El Comprador se compromete a mantener la confidencialidad del presente Contrato, así como toda la información contenida en el mismo, junto con las listas de los precios, descuentos y plazos, de piezas vendidas, servicios, materiales de reparación e instalación, materiales, documentos y cualquier otro dato o información proporcionada por el Vendedor que pueda ser o sea considerada de carácter reservado por el Vendedor por un plazo de diez años a contar desde la fecha de orden o pedido. La información protegida incluirá además cualquier información técnica que esté en desarrollo y que el Vendedor aún no haya publicado para la Venta comercial, lo que incluye, por ejemplo y sin limitación, información escrita e información que el Comprador obtiene al observar o trabajar con la tecnología de desarrollo del Vendedor, o al observar o trabajar con procesos o máquinas de fabricación en las instalaciones de desarrollo de ingeniería o fabricación del Vendedor.

XIV. Fuerza Mayor

Las partes no podrán ser demandadas ni recusadas en un caso de fuerza mayor que retrase, dificulte o impida el cumplimiento de la obligación que les incumbe. Cualesquiera que sean las circunstancias, los incidentes de la siguiente lista no exhaustiva se considerarán casos de fuerza mayor y, por lo tanto, estarán exentos de responsabilidad: todos los eventos fuera del control y, en particular, todos los actos de las autoridades de hecho o de derecho, como huelgas, cierres patronales, conflictos laborales u otros actos concertados por parte del personal, incendios, inundaciones, casos fortuitos, rotura de máquinas o su consiguiente inutilización, explosiones, disturbios, guerras o conflictos armados, rebeliones y sabotajes, insurrección, vandalismo, invasión, motín, emergencia nacional, piratería, secuestro, actos de terrorismo, embargos o restricciones, condiciones climáticas o de tráfico extremas, cierre temporal de carreteras, epidemia, legislación, regulación, Orden judicial u otro acto de cualquier gobierno o agencia gubernamental, huelgas de transporte o restricciones de importación o exportación. Un evento también incluye los retrasos del Vendedor causados por la escasez de materias primas o piezas en todo el mundo (únicamente en la medida en que el Vendedor haya realizado los mejores esfuerzos razonables comercialmente para evitar tales retrasos como, por ejemplo, realizar pedidos oportunos de todas las piezas y materias primas necesarias o intentar obtener materiales de sustitución). En caso de que se produzca uno de estos incidentes, o similar, se notificará a la otra parte por todos los medios posibles. En tales casos, se suspenderá el Acuerdo, agregándose el período de suspensión al previsto inicialmente en el mismo.

En caso de que cambien sustancialmente las condiciones económicas y comerciales existentes en el momento de este Acuerdo en perjuicio de una de las partes, la parte perjudicada (la “Parte Perjudicada”) podrá solicitar una reunión a la otra parte que para tratar de eliminar dicho desafío sustancial, con el objetivo de preservar el equilibrio original entre las partes, siempre que dicho desafío sustancial (i) no fuera razonablemente previsible en la Fecha de entrada en vigor y (ii) no esté expresamente cubierto por ningún término negociado. Si las partes no pueden eliminar dicho desafío sustancial en el plazo de un (1) mes a partir de la fecha de esta solicitud, la Parte perjudicada tendrá derecho a rescindir este Acuerdo mediante notificación por escrito con una antelación de al menos tres (3) meses. Para evitar dudas, un desafío sustancial incluye, entre otros, el incremento del coste de las materias primas, de los costes de transporte y de los productos básicos, las demoras de los proveedores, las regulaciones gubernamentales y otros eventos que escapen al control de la Parte perjudicada.

XV. Protección y Privacidad de la Información Personal

  1. Las Ventas de Productos requieren la recopilación y tratamiento de datos personales. En virtud del presente documento, ambas Partes actúan como responsables del tratamiento de datos. Ambas Partes cumplen con el Reglamento (UE) 2016/679 (Reglamento General de Protección de Datos) en la versión actual con respecto a los datos personales recopilados y tratados en el ámbito de este acuerdo. Si el Comprador proporciona al Vendedor datos personales, el Comprador garantiza que tiene la autoridad legal para hacerlo. La política de privacidad del Vendedor para sus clientes está disponible aquí: https://www.carrier.com/carrier/en/worldwide/legal/privacy-notice/
  2. El Comprador autoriza al Vendedor a recopilar, almacenar y tratar datos operativos (es decir, datos de ubicación, temperatura y energía) de los Productos a través de sistemas de control remoto y en las instalaciones del cliente para mejorar los Productos y Servicios de Carrier.

XVI. Legislación Aplicable

La determinación de la ineficacia o nulidad de cualquier disposición de este Contrato no afectará a la aplicabilidad de las demás disposiciones contenidas en el presente documento.

Comprador y Vendedor convienen de forma expresa en que las presentes Condiciones Generales y cualquier venta u otra transacción resultante o relacionada se rijan e interpreten de conformidad con el ordenamiento jurídico español y la legislación española de régimen común (con exclusión de las disposiciones relativas al conflicto de leyes). Las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercancías no serán aplicables.

Para todas las cuestiones que se deriven de la interpretación y aplicación de las presentes Condiciones Generales, Comprador y Vendedor se someten expresamente a los juzgados y tribunales de la ciudad de Madrid Capital, con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles.

Cualquier demanda derivada de la realización o no de este Contrato, ya esté basada en el contrato, negligencia, y responsabilidad estricta u otra deberá presentarse en el plazo de un año desde la fecha en que se originó la reclamación.

Válido a partir del 1 de abril de 2022.